
Termina el plazo de dos años establecido por la ley para identificar a los usuarios de tarjetas prepago de teléfonos móviles. A partir del próximo 9 de noviembre, los usuarios de este tipo de tarjetas que no hayan sido identificados, perderán sus números.
La Ley de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones (Ley 25/2007 de 18 de octubre) establece que los operadores de servicios de telefonía móvil prepago deberán llevar un libro-registro en el que conste la identidad de los clientes. Los datos pueden ser requeridos por orden de un juez, con la finalidad de detectar, investigar y enjuiciar delitos graves.
Esta disposición entró en vigor el 9 de noviembre de 2007. A partir de esa fecha, las personas que compren tarjetas prepago tienen la obligación de identificarse en el registro de las operadoras.
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